Conocer más sobre Certificación

Para poder emitir DTE, sea con nuestra empresa o cualquier otra de mercado, es necesario que cuentes con autorización por parte del SII. Para esto, se debe pasar por una verificación (Certificación). Sin embargo, para esto debes cumplir con algunos requisitos obligatorios.

 

Requisitos SII para poder iniciar la Certificación

  • Tener vigente el trámite de inicio de actividades.
  • Ser contribuyente de IVA y contar con verificación positiva de actividades.
  • Calificar como contribuyente de primera categoría.
  • Ni el representante legal ni los firmantes autorizados de la empresa deben tener situaciones pendientes con el SII.
  • Es importante que el representante legal esté autenticado con certificado digital.
  • No tener procesos en contra por delito tributario.
 

Importancia de la firma electrónica para - emitir documentos tributarios electrónicos

La importancia más significativa de la Firma electrónica simple es verificar o acreditar la identidad del emisor de un documento electrónico. En ese sentido, esta herramienta es algo así como la cédula de identidad en el entorno digital al momento de emitir algún documento. Aunque el uso más común de esta herramienta es facturar electrónicamente en el SII, su uso abarca mucho más aún (para más información).

 

Por qué es importante realizar de manera previa centralización y autenticación de firma electrónica

Hay que tener presente que esta Certificación se hace en conjunto con el Servicio de Impuestos Internos (SII), mediante un representante legal autenticado con certificado digital.

Una vez procesada la certificación, el SII otorgará set de pruebas para así culminar esta certificación para así poder emitir sin problemas, cabe destacar que cada parte del proceso sea aprobado o no, esto será notificado por correo electrónico.

Es muy importante prestar atención y seguir el procedimiento adecuado al momento de procesar esta Certificación, ya que no son pocos los emisores que caen en errores.

 

IMPORTANTE: Para conocer más a fondo visita el siguiente enlace, en el Apartado II, donde detalla un poco más acerca del tema.

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